Guía del comprador

Elegir la propiedad

Los portales de viviendas son la manera mas habitual de iniciar la búsqueda de una propiedad, no obstante la opción más adecuada, incluso mientras se siguen mirando propiedades en Internet, es elegir una agencia inmobiliaria con experiencia que cuente con un amplio portfolio de viviendas que se ajustan a sus criterios.

En Iturbe Properties le garantizamos absoluta dedicación: nos informaremos de sus necesidades y aplicaremos nuestro conocimiento del mercado hasta encontrar la propiedad perfecta para usted.

Nuestra oferta es ilimitada ya que colaboramos con todas las agencias inmobiliarias de la Costa del Sol.


Oferta de compra y reserva

Tras elegir la propiedad deseada comienza el proceso de compra.

El primer paso es la elaboración de un documento de reserva en el que se le presenta una oferta al vendedor detallando precio, y calendario de fechas hasta formalizar la compra-venta.

En el documento se incluyen todos los datos de la propiedad, datos del comprador y del vendedor, y se depositan 6.000€, en la cuenta de clientes de un despacho de abogados, que serán descontados del precio de compra en caso de ser aceptada la oferta por el vendedor. En caso de no ser aceptada la oferta este importe se devolverá íntegramente al comprador.

Una vez aceptada la oferta por el vendedor, la propiedad se retira automáticamente de la venta y se inicia el proceso de “due diligence” (chequeo legal de la propiedad por parte de un abogado seleccionado), y la elección de la mejor financiación, en caso de que esta sea necesaria.

Si al finalizar el proceso de due diligence se encontraran impedimentos legales relativos a la propiedad que no permitieran formalizar la compraventa la reserva de 6.000€ serán devueltos al comprador.


Documento privado

El paso siguiente al documento de reserva es la formalización de un contrato privado de compraventa entre el comprador y el vendedor (contrato de arras o de opción de compra). En este contrato se establecen las condiciones esenciales de la operación y el plazo límite para formalizar la escritura de compra-venta, que generalmente es de 30 a 45 días desde la firma del mismo.

Este contrato vincula a las partes mediante la entrega al comprador de un importe a cuenta del precio que generalmente es del 10% del precio de la compraventa y que se descontará del mismo a la firma de la escritura de compra-venta.


Notaría

La compra-venta se formalizara mediante el otorgamiento de la escritura publica de compra-venta ante notario, a favor del comprador, que en ese acto entregara el resto del precio acordado al vendedor. La operación generalmente se realizara libre de cargas y gravámenes corriendo el comprador con los gastos de la operación excepto la plusvalía municipal (IVTNU), en el cuadro inferior se detalla el desglose de gastos.

Finalmente el proceso concluye con la inscripción de la nueva titularidad a nombre del comprador en el Registro de la Propiedad.


Gastos de la compra-venta

IMPUESTO DE TRANSMISIÓN PATRIMONIAL (I.T.P.)

A cargo del comprador por la adquisición de cualquier propiedad inmobiliaria (villas, apartamentos, terrenos, locales comerciales, garajes), siempre que el vendedor no sea un promotor o que su negocio habitual no consista en promoción o reventa inmobiliaria.

Si el valor fiscal mínimo de la propiedad según lo fijado por la Junta de Andalucía es mayor que el precio, entonces se aplica dicho valor fiscal mínimo: se aplica el 8% al primer tramo hasta 400.000€ o 30.000€ en el caso de garajes salvo los vinculados a la vivienda y hasta un máximo de dos; se aplica el 9% al tramo de entre 400.000€ y 700.000€ o entre 30.000€ y 50.000€ para los garajes; se aplica el 10% al tramo que supere la cuantía de 700.000€ o 50.000€ para garajes.

I.V.A. E IMPUESTO SOBREACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS

- Para cualquier VILLA, APARTAMENTO o GARAJE anexionado a un apartamento, cuando el vendedor es un promotor o comerciante habitual de PROPIEDADES A ESTRENAR (primera transmisión).

- Para la primera venta o reventa de parcelas de terreno o solo para la primera venta de locales comerciales cuando el vendedor es un promotor o comerciante habitual de este tipo de propiedades.

NOTARÍA Y GASTOS DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO

El coste incrementa según el número de páginas, la complejidad de la escritura y el valor de la propiedad.

ARBITRIO MUNICIPAL DE PLUSVALÍA

El arbitrio de plusvalía mencionado anteriormente, puede representar unos cientos de euros, ó bien miles de euros, dependiendo si se trata de una propiedad con una gran superficie de terreno que no haya cambiado de propietario desde hace años. Es un impuesto municipal basado en el incremento de los valores índice de la propiedad entre el año de la compra y el año de la venta. Es un arbitrio que conviene cuantificar y negociar con el vendedor en la fase de la negociación.

HONORARIOS DEL ABOGADO

Los honorarios del abogado serán del orden del 1% del precio de venta aproximadamente, según el abogado y el precio de la propiedad.